martes, 26 de junio de 2012

OBLIGACIONES A CUMPLIR COMO EMPRESA

Una vez constituido la empresa, es necesario cumplir con algunos requerimientos tributarios, laborales, entre otros.
Cabe indicar que esto es palicable cuando establecemos una empresa de tipo familiar o recien iniciamos en el área de empresas ya que las empresas que se constituyen con grandes recursos, no tienen dificultad para cumplir con todo esto.

EXIGENCIAS DEL SRI
  • Declaracion menasual de IVA
  • Declaración mensual de retenciones en la fuente
  • Anexos transaccional simplificado ATS
  • Anexo por otros conceptos REOC
Todo esto lo hace un contador público autorizado sin ningún problema, sin embargo, cuando iniciamos un negocio, muchas de las veces no estamos en capacidad de cubrir el sueldo del contador. En este caso, podemos hacerlo todo nosotros mismos y contratar al contador para que nos envie la documentacion usando su clave y ruc.
Tome en cuenta que de acuerdo al calendario establecido por el SRI, sus declaraciones las debe realizar antes de la fecha de vencimiento con la finalidad de no generar multas y moras. En la siguiente tabla consta el calendario establecido por el SRI: 
Si desea saber como hacer todas estas exigencias, no dude en escribirme a mi correo soloescribeme@hotmail.com que gustoso le ayudare.
La página del SRI es el siguiente: www.sri.gob.ec

CUMPLIENDO CON EL IESS
Al menos uno de los trabajadores debe estar asegurado en el IESS y realizar el pago de planilla de aportes de forma mensual.
Para generar esta planilla, es necesario que obtenga su clave de acceso al portal del IESS y de forma mensual generar el comprobante de pago a travez de internet.
No es un proceso complicado. Al inicio es un tanto dificil por la falta de costumbre en el uso de estas tecnologías, sinembargo luego se hace rutinario.
En el portal del IESS podemos generar la planilla de aportes, el comprobante de pagos, las novedades de entrada y salida de personal, las modificaciones de sueldo, entre otros.
La página del IESS es la siguiente: www.iess.gob.ec

EL MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES
Todo empleado que trabaje en la empresa, debe contar con un contrato de trabajo y este debe estar registrado en el Ministerio de Relaciones Laborales. La no inscripción del contrato, es causal de multa y sancion a la empresa.
Para inscribir el contrato, se cuenta con treinta dias a partir de la firma de la misma para que sea registrado en el MRL.

LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
Anualmente se debe presentar balances de la empresa a la superintendencia de compañias, mismo que debe ir firmado por el representante legal y el contador. Se presenta en físico y digital.
A mas del balance, este debe acompañarse con el informe de gerencia, la nomina de accionistas y datos de los administradores. Los formularios para presentar estos informes, los podemos encontrar en la página de la superintendencia de compañias www.supercias.gob.ec
Tambien se debe realizar la contribución anual a la superintendencia de compañias, misma que es fijada por la entidad y notificada a la empresa.

Todos estos aspectos debemos tenerlos en consideracion con la finalida de no enfrentar multas e intereses por mora que a la final significan gastos para la empresa.

1 comentario:

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